Por disposición del Juzgado de 1ra. Inst. Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados “PATRIMONIO DEL CAUSANTE FRIGERI EDIBERTO JORGE S/ CONCURSO PREVENTIVO” (21- 00883222-3) se hace saber que se ha dispuesto la prescripción de los créditos verificados y admisibles como quirografarios y privilegiados declarados en la Resolución Nro: 403 Año 2026, Se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo dispone: “Y VISTOS:… CONSIDERANDO:... RESUELVO: I. Hacer lugar a la prescripción interpuesta, declarando prescripto los derechos de cobro no ejercidos. II. Publicar edictos por un día en el Boletín Oficial y diario de amplia circulación de esta ciudad. III. Comunicar la presente resolución al Registro de Procesos Concursales oficiándose a sus efectos.- Hágase saber, insértese, agréguese copia y oportunamente archívese”. FDO.: MERCEDES DELLAMÓNICA, Secretaria; RODRIGO URETA CORTES, Juez.- SANTA FE, 20 de julio de 2026.