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ALTO=1563.0/COLUMNAS=1/NRO_AVISO=0011726021>Por disposición de la Señora jueza de primera instancia de Distrito nº 13 en lo Civil Comercial y Laboral Primera Nominación de la ciudad de Vera Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados “Patrimonio Suc., de PIGHIN, Ricardo José y Otros s/ Concurso Preventivo” CUIJ: 21-25196860-5 de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral Primera Nominación de la ciudad de Vera (SF), la Sra. Jueza ha dictado la siguiente resolución que a continuación se transcribe: VERA, 25 de Abril de 2025.- AUTOS Y VISTOS: estos actuados caratulados: “Patrimonio Suc., de PIGHIN, Ricardo José y Otros s/ Concurso Preventivo” CUIJ: 21- 25196860-5 de trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Vera (SF) Y; CONSIDERANDO: Que se hallan los presentes para resolver el pedido de clausura del procedimiento, solicitada por la apoderada del concursado, mediante escrito cargo Nº 5963. En su sustento, señala que se dio cumplimiento a lo dispuesto mediante resolución de fecha 07 de febrero de 2024, esto es, notificar a los acreedores verificados en los domicilios constituidos, el fallecimiento del concursado y el recambio de caratula, acompañando las cédulas pertinentes. Acompaña documentación correspondiente al sucesorio del causante y finaliza solicitando la clausura del procedimiento y se ordene levantar la inhibición del señor Ricardo José Pichín. Corrida vista a la sindicatura bajo apercibimientos de ley, omite responder en sentido alguno. Huelga recordar que, con anterioridad la concursada denuncia el fallecimiento del concursado y peticiona la conclusión del concurso por caducidad, lo que motivó el dictado de la resolución de fecha 07.02.2024 rechazando la misma por los argumentos allí vertidos a los que me remito en honor a la brevedad. En rigor de verdad, la circunstancia sigue siendo similar, aunque en esta oportunidad se notificó a todos los acreedores verificados y ninguno de ellos ha expresado en algún modo la voluntad de continuar con sus reclamos. - Nos hallamos ante una situación atípica, dado que, de conformidad a las constancias de autos, el concurso data del año 2002, es decir desde hace 23 años. En el año 2004 fue solicitada la declaración de quiebra por parte de la sindicatura ante la no presentación de conformidades de los acreedores quirografarios. Pero la misma no fue declarada.
Allí quedó el proceso sin que la sindicatura, los acreedores o el juez por entonces a cargo instara de algún modo la continuidad del mismo. Denunciado el fallecimiento del concursado y en atención que ad initio dicha circunstancia no afecta el trámite del mismo (art. 105 L.C.Q.), dado el tiempo transcurrido, se dispuso la notificación a los acreedores y vista a la Sindicatura, quienes, en esta ocasión, tampoco se han pronunciado en sentido alguno. Lo que denota claramente la existencia de un abandono de la instancia, pero no existe la posibilidad de declaración de caducidad del proceso principal (art. 277 L.C.Q.) Por otra parte, resulta evidente que en función al tiempo transcurrido los créditos se hallan prescriptos (art. 2560 C.C.C.N) y si bien no procede su declaración de oficio, por una cuestión de lógica y sentido común y hace al más elemental sentido de justicia no puede permanecer sine die abierto el tramite concursal con la consiguiente permanencia de la inhibición decretada hace más de 20 años. De acuerdo a lo expuesto, resulta innecesaria la constitución de garantías, y no corresponde el dictado de medidas, resultando procedente la declaración de conclusión del concurso, y debiendo cesar la Sindicatura en su intervención en el presente y disponer el levantamiento de la Inhibición General oportunamente ordenada. Por ello y normativa citada en el decurso del presente y ley 24.522 y sus modificatorias es que: RESUELVO: 1. Declarar la conclusión del concurso del Patrimonio Suc. De Pighín, Ricardo José y otros por las razones expuestas en el considerando. 2. Dar por concluida la intervención de la Sindicatura. 3.Ordenar la publicación de esta resolución por un día en el Boletín Oficial y Diario “El Litoral” y oficiar al Registro de Procesos Concursales a sus efectos. 4. Disponer el cese de las medidas cautelares ordenadas, librándose los oficios pertinentes a los fines de la comunicación y toma de razón, así como la finalización de este proceso concursal. 5. Encomiéndese a la apoderada de la concursada su diligenciamiento 6. TODO PREVIO ACREDITACION DEL PAGO DE LOS APORTES DE LOS PROFESIONALES INTERVINIENTES Y CONFORMIDAD DE LA CAJA FORENSE Y CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONOMICAS. 7. Insértese. Agréguese copia en el legajo respectivo y Notifíquese. Dra. Margarita SAVANT (Secretaria) Dra. Jorgelina YEDRO (Juez) Lo que se publica a este Diario
el Litoral de la provincia de Santa Fe por el término de un día. Fdo: Dra. Margarita SAVANT (Secretaria) Dra. Jorgelina YEDRO (Juez) Vera, 29/06/26.
Referencia: 0011726021
Avisos del 20/08
EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, a cargo del Dr. NICOLAS ALEJANDRO JOKMANOVICH, Secretaría a cargo del Dr. MAURO SEBASTIAN LEIVA, sito en Avda. Laprida Nº 33 Torre II- 5º Piso, hace saber por cinco (5) días, en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación de la ciudad de Resistencia, Chaco, y de veinte (20) días para las Provincias de Corrientes, Misiones, Formosa y Santa Fé, que en los autos caratulados:
“MILANO S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO”, Expte. Nº 9041/2026-1-C, por Sentencia de fecha 15 de julio de 2026, se procedió a ORDENAR la apertura del CONCURSO PREVENTIVO de MILANO S.A. CUIT Nº 30-70899492- 4, inscripta en la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio bajo el Nº 70, Folios 1115/1128 del Libro:41 de Sociedades Anónimas del año 2004, de fecha 23 de diciembre de 2004, con domicilio social en la Autovía Nicolás Avellaneda Km 15,5 de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco. Se designó como Síndico al Estudio Benitez, con domicilio en Avda. Las Heras Nº 383, de esta ciudad. Habiendo fijado como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante la sindicatura el día 06 de octubre de 2026, en el domicilio indicado precedentemente. Asimismo, se hace saber que la Audiencia Informativa establecida en el art. 14 inc.10 de la Ley 24.522 se llevará a cabo el día 15 de julio de 2027, a las 10:00 horas, a celebrarse en la sede del Tribunal interviniente. El expediente se encuentra radicado en la sede del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10, sito en Avda. Laprida Nº 33 Torre II- 5º Piso, de la ciudad de Resistencia Chaco. Resistencia, 17 de Julio de 2026. Fdo.- Dr. MAURO SEBASTIAN LEIVA (Secretario).
Referencia: 0011726032
Avisos del 21/08
EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, a cargo del Dr. NICOLAS ALEJANDRO JOKMANOVICH, Secretaría a cargo del Dr. MAURO SEBASTIAN LEIVA, sito en Avda. Laprida Nº 33 Torre II- 5º Piso, hace saber por cinco (5) días, en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación de la ciudad de Resistencia, Chaco, y de veinte (20) días para las Provincias de Corrientes, Misiones, Formosa y Santa Fé, que en los autos caratulados:
“MILANO S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO”, Expte. Nº 9041/2026-1-C, por Sentencia de fecha 15 de julio de 2026, se procedió a ORDENAR la apertura del CONCURSO PREVENTIVO de MILANO S.A. CUIT Nº 30-70899492- 4, inscripta en la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio bajo el Nº 70, Folios 1115/1128 del Libro:41 de Sociedades Anónimas del año 2004, de fecha 23 de diciembre de 2004, con domicilio social en la Autovía Nicolás Avellaneda Km 15,5 de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco. Se designó como Síndico al Estudio Benitez, con domicilio en Avda. Las Heras Nº 383, de esta ciudad. Habiendo fijado como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante la sindicatura el día 06 de octubre de 2026, en el domicilio indicado precedentemente. Asimismo, se hace saber que la Audiencia Informativa establecida en el art. 14 inc.10 de la Ley 24.522 se llevará a cabo el día 15 de julio de 2027, a las 10:00 horas, a celebrarse en la sede del Tribunal interviniente. El expediente se encuentra radicado en la sede del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10, sito en Avda. Laprida Nº 33 Torre II- 5º Piso, de la ciudad de Resistencia Chaco. Resistencia, 17 de Julio de 2026. Fdo.- Dr. MAURO SEBASTIAN LEIVA (Secretario).
Referencia: 0011726032
Avisos del 22/08
EDICTO: El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10 de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco, a cargo del Dr. NICOLAS ALEJANDRO JOKMANOVICH, Secretaría a cargo del Dr. MAURO SEBASTIAN LEIVA, sito en Avda. Laprida Nº 33 Torre II- 5º Piso, hace saber por cinco (5) días, en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación de la ciudad de Resistencia, Chaco, y de veinte (20) días para las Provincias de Corrientes, Misiones, Formosa y Santa Fé, que en los autos caratulados:
“MILANO S.A. S/ CONCURSO PREVENTIVO”, Expte. Nº 9041/2026-1-C, por Sentencia de fecha 15 de julio de 2026, se procedió a ORDENAR la apertura del CONCURSO PREVENTIVO de MILANO S.A. CUIT Nº 30-70899492- 4, inscripta en la Inspección General de Personas Jurídicas y Registro Público de Comercio bajo el Nº 70, Folios 1115/1128 del Libro:41 de Sociedades Anónimas del año 2004, de fecha 23 de diciembre de 2004, con domicilio social en la Autovía Nicolás Avellaneda Km 15,5 de la ciudad de Resistencia, Provincia del Chaco. Se designó como Síndico al Estudio Benitez, con domicilio en Avda. Las Heras Nº 383, de esta ciudad. Habiendo fijado como fecha hasta la cual se pueden presentar las solicitudes de verificación de los créditos ante la sindicatura el día 06 de octubre de 2026, en el domicilio indicado precedentemente. Asimismo, se hace saber que la Audiencia Informativa establecida en el art. 14 inc.10 de la Ley 24.522 se llevará a cabo el día 15 de julio de 2027, a las 10:00 horas, a celebrarse en la sede del Tribunal interviniente. El expediente se encuentra radicado en la sede del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 10, sito en Avda. Laprida Nº 33 Torre II- 5º Piso, de la ciudad de Resistencia Chaco. Resistencia, 17 de Julio de 2026. Fdo.- Dr. MAURO SEBASTIAN LEIVA (Secretario).
Referencia: 0011726032

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