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Se hace saber que en los autos caratulados: “Expte. 342 - Año 2018 CUIJ 21-26256746-7 PIED SA s/ Concurso Preventivo” de trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial y del Trabajo de Distrito Judicial Nº 11 de la ciudad de San Jorge (Pcia. de Santa Fe), se ha ordenado lo siguiente: “SAN JORGE, 14 de Mayo de 2025.- Y VISTOS: … CONSIDERANDO: … RESUELVO: I) Declarar finalizado el concurso preventivo de la firma PIED S.A., dando por concluida la intervención de la Sindicatura (art. 59, primer párrafo, L.C.).- II) Declarar cumplido el acuerdo preventivo, respecto de los acreedores quirografarios y privilegiados, a sus efectos y los previstos (cgr. art. 59, sexto párrafo, L.C.).- III) Disponer el levantamiento de la inhibición oportunamente dispuesta, previa comprobación de la realización de los aportes de los profesionales interesados (cgr. arts. 34 Ley N° 6767 y 278 L.C.). Insértese, regístrese, publíquese (art. 59, quinto párrafo, L.C.) y hágase saber”.- Firmado: Dr. Daniel Marcelo ZOSO (Juez) Dra. María de los Milagros de la Torre (Secretaria).-


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    Referencia: 0011714087



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